CONSTANCIA DE REGISTRO INDUSTRIAL
Viernes, 10 de Junio de 2016
La Administración Nacional de Electricidad, recuerda a sus clientes que el próximo martes 26 de julio de 2016 vence el plazo para la presentación de la CONSTANCIA DE REGISTRO INDUSTRIAL, expedida por la Dirección General de Política Industrial de la Subsecretaría de Industria dependiente del Ministerio de Justicia y Trabajo, por parte de los clientes que cuentan con suministros encuadrados en el grupo de consumo industrial.
Se destaca además que la citada disposición se ha emitido teniendo en cuenta la necesidad de establecer criterios claros para definir el acceso de los clientes a la categoría industrial y establece que a partir del 26 de enero de 2016, los clientes que soliciten la inclusión de un suministro en el grupo de consumo industrial deberán presentarla Constancia de Registro Industrial, expedida por la Dirección General de Política Industrial de la Subsecretaría de Industria, dependiente del Ministerio de Industria y Comercio, a pedido del interesado.
La no presentación de dicha constancia en el plazo establecido, significará la exclusión del grupo de consumo industrial del suministro y el encuadramiento en otro.
La Constancia de Registro Industrial tiene una vigencia de 2 años y el cliente deberá renovar dicho certificado expedido para su suministro y presentarlo en las Oficinas de Atención al Cliente de la ANDE.
El cliente deberá gestionar la obtención de la Constancia de Registro Industrial en el MIC o través de la página web oficial: www.vue.org.py.
Para consultas, llamar a:
VUE: 616-3044; 616-3038.
Coordinación de RIEL: 616-3149; 616-3065; 616-3052.
Oficina de Comunicaciones Institucionales
PR/OCI/134/10-06-2016