EN LAMBARÉ Y LUQUE, DPTO. CENTRAL
ANDE prosigue con intervenciones de suministros irregulares
Viernes, 02 de Octubre de 2015
El pasado 30 de setiembre de 2015, Técnicos Interventores/Fiscalizadores dependientes del Departamento de Intervenciones de la División de Gestión de Pérdidas Eléctricas de la Gerencia Comercial, realizaron un procedimiento de verificación del suministro identificado con el NIS 1.271.329, Cliente EULALIO ESPÍNOLA, ubicado en Guayabo N° 1755 casi Nazareno de la ciudad de Lambaré, que figura en los registros de la ANDE como actividad Residencial.
La vivienda cuenta con medidor N° 2295874, marca LANDIS GYR, en el cual se detectó la irregularidad denominada “Conexión directa con medidor”, ya que al momento de la verificación el mismo registraba una carga de 12,4 A; a través del conductor cuya carga no pasa por el medidor, y en consecuencia, el suministro estaba conectado en forma clandestina a la red de Baja Tensión de la ANDE.
Por la irregularidad detectada se labró Acta por Intervención N° 8.914/15 y Cédula de Notificación N° 208.043; posteriormente se procedió al corte y retiro total de la conexión irregular, quedando normalizado el servicio.
Intervención de la Radio Comunitaria “Guarania FM 99.9” de la Ciudad de Luque
Por otra parte y continuando con los trabajos de verificación de suministros irregulares en el Departamento Central, Técnicos Interventores/Fiscalizadores del Dpto. Intervenciones realizaron la intervención del suministro identificado con NIS 1.412.989, Cliente LUCIO AVILA, ubicado en la dirección Vista Alegre N° 440 c/ Hernandarias de la ciudad de Luque, actividad Residencial, pero en dicho lugar funciona actualmente la Radio Comunitaria “Guarania FM 99.9”.
El suministro cuenta con Llave TM: 1x30A, medidor N°: 1400260 marca LANDIS, en el cual se detectó la irregularidad denominada "Derivación antes del Medidor" con conductores de 2x4mm2 cada uno (fase + neutro) sin carga en el momento de la verificación.
Por la irregularidad detectada se procedió a labrar Acta por Intervención N° 8830/15 y Cédula de Notificación N° 209.349; posteriormente se procedió a normalizar el servicio con conductores proveídos por el usuario.
Con autorización del propietario se tuvo ingreso al inmueble para la detección del fraude. Seguidamente, se procedió a retirar la evidencia.
Oficina de Comunicaciones Institucionales
PR/OCI/ 197/02-10-15