Comunicado de prensa respecto a publicación periodística

Viernes, 18 de Octubre de 2013


Con relación a la publicación periodística del día de la fecha, página 21 del Diario Abc Color, titulada “Cuestionan subasta de la ANDE”  la Administración Nacional de Electricidad, aclara cuanto sigue:

Que la Licitación Pública Internacional  ANDE-Subasta a la Baja Electrónica N° 932/13 “Adquisición de Medidores Electrónicos de Energía Eléctrica” fue procesada conforme a los requerimientos y plazos establecidos en la normativa que rige las contrataciones públicas, específicamente a la Resolución DNCP N° 860/2008 “Por la que se establece el procedimiento del Sistema de Subasta a la Baja Electrónica a realizarse para cualquiera de las modalidades de contratación indicadas en la Ley de Contrataciones Públicas, los/as oferentes/as o postores/as, convocantes y DNCP a través de sus funcionarios encargados". Dicha Resolución establece en su artículo 9° - Publicación: “Una vez verificada la documentación del proceso y el Pliego de Bases y Condiciones o Cartas de Invitaciones, y cumplidos los plazos indicados en el numeral 2 del Art. 19 del Decreto 21909/03, se publicará el llamado por 8 (ocho) días hábiles a través del SICP. En los casos de Licitaciones Públicas por SBE, el llamado deberá publicarse además, en al menos un diario de gran circulación del país, por 3 (tres) días consecutivos”.

En dicho contexto, informamos las fechas de la Licitación mencionada, publicadas en el Portal de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, conforme al siguiente detalle:

 

·         Fecha de Publicación: 26.09.2013

·         Tope de Consulta: 04.10.2013

·         Fecha Inicio de Propuesta: 14.10.2013

·         Etapa Competitiva: 15.10.2013

 

Con relación a lo expresado en la publicación de ese Diario respecto a que “es muy corto el tiempo que establece la ANDE entre la publicación de la subasta a la baja electrónica para la compra de 92.000 medidores y la entrega de ofertas…” y analizando las fechas mostradas en el cuadro precedente, puede observarse que transcurrieron 12 (doce) días hábiles desde la fecha de la Publicación del llamado hasta la fecha de Inicio de Propuesta, plazo superior a lo establecido en el artículo 9° del Decreto mencionado. Además, los plazos de esta Licitación son los mismos utilizados en anteriores licitaciones de compra de medidores.

 

En lo que se refiere a los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones y las Especificaciones Técnicas, tampoco se han realizado modificaciones con respecto a las compras anteriores (Licitación Pública Internacional ANDE Subasta a la Baja Electrónica N° 848/13 “Adquisición de Medidores Electrónicos de Energía Eléctrica” y Licitación Pública Internacional ANDE Subasta a la Baja Electrónica N° 790/12 “Adquisición de Medidores Electrónicos de Energía Eléctrica”), recalcando que este requisito viene siendo exigido desde varios años atrás en todos los procesos de adquisición de medidores realizados por la ANDE, los que deben contar con el certificado de APROBACION DE MODELO expedido por el INTN, de modo a dar cumplimiento a los artículos 15 y 16 de la Ley 937/82  SECCION I DE LA APROBACIÓN DEL MODELO”, conforme se transcribe a continuación:

 

·         Art. 15°.- Los instrumentos de medida para uso en actividades de tipo comercial, industrial, laboratorios, servicios, y otras actividades, deberán tener el modelo aprobado de conformidad con esta ley y su reglamentación.

 

·         Art. 16°.- El Instituto realizará los estudios y pruebas necesarios para la aprobación o rechazo de los modelos presentados. Podrá otorgar la aprobación provisional por duración limitada la que podrá ser revocada conforme al resultado de los estudios y pruebas efectuadas.

 

Asimismo, expresamos que si bien se recibieron pedidos de prórroga de hasta 30 (treinta) días para la presentación de las ofertas, las mismas no pudieron ser otorgadas, teniendo en cuenta la necesidad imperiosa de la Institución de contar, en el menor tiempo posible, con los mencionados instrumentos que son fundamentales para la medición y facturación de la energía eléctrica, procesos ligados a la gestión de la Empresa, como también para el combate a las pérdidas comerciales.

 

Finalmente, reiteramos que la Administración Nacional de Electricidad está abocada al estricto cumplimiento de las normativas vigentes para las contrataciones públicas y que esta Institución está orientada a velar por los intereses institucionales, sin favorecer, ni perjudicar a ningún oferente.

 

Oficina de Comunicaciones Institucionales.

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